Ganar un premio en la Lotería Nacional siempre es motivo de celebración. Sin embargo, no hay que olvidar que parte del premio se queda en manos del Estado. Conocer cómo funciona la fiscalidad en estos casos te ayudará a evitar sorpresas al cobrar tu décimo.

¿Qué parte del premio hay que declarar?

Desde el 1 de enero de 2020, todos los premios superiores a 40.000 € están sujetos a una retención del 20%.

Importante: la retención se aplica solo a la parte que excede los 40.000 €.
Ejemplo:

¿Quién aplica la retención?

No tienes que preocuparte por hacer el cálculo ni por ingresar el dinero a Hacienda.
Cuando acudas a una entidad bancaria colaboradora a cobrar tu premio, el propio banco aplicará la retención y transferirá el importe neto a tu cuenta.

De este modo, recibes el premio ya libre de impuestos.

¿Hay que incluir el premio en la declaración de la renta? No. Los premios de la Lotería Nacional no forman parte de la base imponible del IRPF.
Una vez que se ha aplicado la retención correspondiente, no tendrás que volver a tributar por ese dinero en tu declaración anual.

¿Qué pasa con los premios compartidos?

Si has comprado el décimo entre amigos, familiares o compañeros de trabajo, lo más recomendable es dejar constancia por escrito de cada participación (por ejemplo, en una fotocopia firmada).

Al cobrar el premio, cada persona deberá identificarse para que Hacienda pueda aplicar la retención del 20% de forma proporcional a su parte. Así se evitan problemas futuros.

En La Sirenita de Oro – Administración Nº9 de Benidorm, queremos que vivas tu premio con tranquilidad y sin dudas. Si necesitas información sobre cómo gestionar tu décimo premiado, estaremos encantados de ayudarte.

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